miércoles, 13 de mayo de 2015

Caso del Estrecho de Corfú, Reino Unido vs Albania.

Índice:
I.- Albania. Nazis, rojos y cerdos capitalistas. (1939-1945).
II.- Diles que yo no fui. El Incidente del estrecho de Corfú. (1946).
III.- Dimes y diretes. Incidentes del 12 y 13 de Noviembre y la CIJ.
IV.- Pobre Albania, tan lejos de Dios y tan cerca de las Superpotencias.

Albania. Nazis, rojos y cerdos capitalistas. (1939-1945)

I.I- Los dos reyes y las dos guerrillas.

El 25 de Marzo de 1939, aún con una gran oposición de parte del rey Vittorio Emanuele III, el Primer Ministro italiano Benito Mussolini envió un ultimátum al rey Zog I de Albania con respecto a permitir la ocupación del Estado balcánico por tropas italianas y facilitar la colonización y administración de Albania bajo el mandato del reino de Italia. La respuesta como era de esperarse fue negativa y con ello se dio pie a que el 7 de Abril del mismo año, las tropas italianas entraran por la fuerza a Albania y tomaran el control del Estado, las fuerzas albanesas, obviamente más débiles y con menos experiencia y tecnología, fueron rápidamente rebasadas por las italianas. No pasó mucho tiempo antes de que el Parlamento italiano votara a favor de la anexión de Albania al reino italiano y a convertir al rey Vittorio Emanuele III en también monarca del Reino balcánico. No sólo se logró anexar a Albania al Estado Italiano sino que se logró absorber el propio sistema para imponer un nuevo tipo de gobierno fascista controlado desde Roma, aunado a esto la nueva Albania italiana sirvió en 1940 como la base principal para la operación militar italiana hacia Grecia, convirtiéndose rápidamente en un punto geopolíticamente importante no sólo al inicio de la guerra sino también al término de la misma. (Zickel & Iwaskiw, 1994)

En Albania, un país frecuentemente puesto bajo el yugo de una potencia externa desde los tiempos del Imperio Otomano, la propia ocupación causó un mayor aglutinamiento entre los nacionales del país de los Balcanes. A pesar de que fue durante la presidencia y posterior reinado de Zog I de Albania que el sentimiento nacionalista empezó a tomar una verdadera forma debido a las varias reformas estructurales que permitieron la verdadera unión de Albania en un gran Estado y no sólo en una gran nación llena de diferentes poblaciones, el nacionalismo albanés pasó a tomar una mayor importancia y papel dentro de la resistencia, aunado a esto, el esparcimiento de la ideología socialista y comunista proveniente de Moscú, particularmente bajo la manera Marxista-Leninista debido a la proximidad con el país transcontinental, provocó el aglutinamiento no sólo de las clases bajas sino de la sociedad en general debido al sentimiento de desprendimiento total de toda clase de dominación externa. El ideario comunista tuvo un papel principal en la resistencia nacionalista de Albania al igual que el liderazgo de Josip Broz Tito, líder del Partido Comunista de Yugoslavia, en la creación de un frente único socialista en Albania durante y después de la Segunda Guerra Mundial. La creación del Movimiento Nacional de Liberación (MNL) fue la conclusión de este sentimiento nacionalista, paradójicamente concretado con apoyo proveniente del extranjero. (Zickel & Iwaskiw, 1994)

Después de poco más de tres años desde el ultimátum y posterior invasión italiana a Albania, el MNL, el ala comunista de las guerrillas, en unión con el grupo nacionalista de Balli Kombetar, lograron la retirada de las fuerzas italianas del país en 1943, la breve victoria nacional antes de ser nuevamente hostigados por fuerzas extranjeras, ahora las fuerzas de Adolf Hitler, fue escenario de intercambios de inteligencia entre los Aliados, particularmente británicos, con los líderes de ambas facciones guerrilleras. La información daba conocimiento a los albaneses acerca de una próxima operación militar aliada en los Balcanes que requería la coordinación total de ambos bandos de la resistencia. Es importante mencionar que mientras el MNL, la mayor facción guerrillera, contaba con el apoyo no sólo político sino militar de Yugoslavia y particularmente de Josip Broz Tito, el grupo nacionalista Balli Kombetar, integrado en su mayoría por las clases medias y altas del extinto Reino de Albania, era mejor visto por los aliados debido a su distanciamiento con respecto al comunismo y claro alineamiento con la ideología capitalista de occidente. (Zickel & Iwaskiw, 1994)

I.II.- Mi casa no es tu casa.

Si bien el Partido Comunista de Yugoslavia y en sí el propio Estado de Yugoslavia apoyaba al MNL con armamento, inteligencia y hombres dispuestos a participar en la guerra de guerrillas de Albania, el objetivo era diferente a lograr cumplir el deseo comunista de esparcir la ideología y el modelo alrededor del globo. El objetivo de la naciente potencia regional de los Balcanes, Yugoslavia, no era concretamente lograr darle una libertad real a su vecino, sino lograr atar por medio de condiciones y favores una serie de compromisos después de la guerra, particularmente la anexión de Kosovo.

Kosovo, una región de los Balcanes con una importante población albanesa desde el periodo entre guerras, había sido por varios años una región disputada por los Estados adyacentes vecinos, y más allá de disputas entre Estados, la disputa sobre Kosovo respondía más a problemas étnicos. La diferencia étnica existente en los Balcanes, aún antes de la Segunda Guerra Mundial, ha sido un problema persistente en las relaciones de la región. Si bien el problema de Kosovo pasó a un segundo plano con la capitulación del MNL sobre la disputa por el control de la zona debido a los favores y apoyo militar que Yugoslavia había dado a lo largo de la guerra, el asunto étnico se vería exacerbado en la postguerra convirtiendo a los Balcanes, nuevamente, en una zona crítica y de constante conflicto. (Bideleux, 1998)

Zickel e Iwaskiw lo mencionan claramente, el alejamiento de Albania con respecto a Kosovo, una región predominantemente albanesa, ocasionó que las Guerrillas unidas del MNL, Balli Kombetar y una nueva facción del MNL, la Legalidad, terminaran en un conflicto interno que perduró hasta Julio de 1944. La victoria del conflicto claramente fue obtenida por el MNL, quien para el final de la guerra no sólo era surtido militarmente por Yugoslavia sino que también por las fuerzas británicas en los Balcanes que habían ya empezado la operación militar de liberación de los Balcanes e Italia.

El interés de Yugoslavia acerca de Kosovo fue importante en el transcurso de la guerra contra los alemanes, pero a su vez Kosovo fue sólo la punta del iceberg de un conflicto étnico que llevaba varias décadas gestándose. Los escuadrones de la muerte auspiciados por los nazis en Albania, como la división Skandenberg de la SS para dar un ejemplo, cuyo propósito de limpieza racial provocó purgas raciales en contra de las poblaciones serbias, montenegrinas y macedonas, sólo dieron a conocer una realidad imperante en la región. Cada grupo étnico de los Balcanes sentía una aversión latente por los otros, serbios contra macedonios, macedonios contra montenegrinos, croatas contra albanos, eslovenos contra serbios, etcétera. El problema no era endémico de Albania, sino de los Balcanes en conjunto. Una imperante xenofobia en la región, causada por siglos de constantes conflictos internos, sometimientos y dominaciones externas y desestabilizaciones económicas a la vez que excluyentes estructuras de clases sociales son causa clara de las políticas defensivas y ofensivas que tomarían los países de los Balcanes durante la Guerra Fría, el miedo de ser nuevamente sometidos sería la condicionante clave en el conflicto del Estrecho de Corfú en 1946.


I.III.- No más cowboys.

La victoria del MNL y de la ideología Marxista-Leninista hacia el final de la Segunda Guerra Mundial fueron el inicio del deterioro de las relaciones entre Albania y Occidente, en Diciembre de 1945, ya una vez terminado el conflicto mundial, el recién instaurado régimen comunista del MNL bajo el liderazgo de Enver Hoxha. La guerrilla había sido institucionalizada y se había conseguido formalizar concretamente al Partido del Trabajo de Albania, de corriente comunista y coordinado desde la recién instaurada República Federativa Socialista de Yugoslavia bajo el mando de Tito. (Vulcinich, 1969)

No paso mucho tiempo antes de que el Estado Albano, coordinado desde Belgrado, se convirtiese en un Estado satélite de Yugoslavia. La adopción de una constitución relativamente transcrita desde la propia de Tito, así como la instauración de políticas de educación socialistas y de adoctrinamiento, la orden del estudio del idioma serbo y las políticas económicas de nacionalización de la industria y el campo albanés fueron muestra del nuevo imperialismo de la postguerra, la creación de bloques sometidos a potencias militares y políticas, que fueron característica principal durante la Guerra Fría. (Bideleux, 1998)

En cuanto a política exterior, Josip Broz Tito coordinando a Enver Hoxha en Albania, mandó a tomar medidas de aislamiento con respecto a Occidente, particularmente impidiendo el paso de cualquier Estado ajeno al bloque yugoslavo en los Balcanes. El aislamiento de Albania respondía a las necesidades de Yugoslavia de impedir el esparcimiento de ideologías occidentales en la región y asegurar la zona de control a lo largo y ancho de los Balcanes. (Hodos, 1987) La última misión occidental en la zona fue aquella del 14 de Octubre de 1944 cuando el Forty Commando RM de la Flota Real Británica desembarcó en la Isla de Corfú, como parte de la limpieza de minas en el Estrecho de Corfú, un paso marítimo clave para la navegación marina debido a la conexión entre el Mar Jónico y el Mar Adriático. Posterior a 1945, una vez que el Estrecho había sido nuevamente revisado por la flota británica en busca de minas, Albania implementó un patrullaje constante en su parte del Estrecho, controlando celosamente el paso de navíos occidentales y griegos. (Wright, 1949) Las misiones americanas y británicas fueron impedidas de pasar por territorio albano, sólo bajo medidas excepcionales, causando la retirada de las misiones diplomáticas de Reino Unido en Abril de 1945 y de Estados Unidos en Noviembre del mismo año, estos hechos fueron instigados bajo las constantes acusaciones de que ambas potencias occidentales estaban financiando movimientos anticomunistas en el sur de Albania y la creciente injerencia occidental en Grecia debido a la Guerra Civil de dicho país. La respuesta de ambos, tanto de Reino Unido como de Estados Unidos fue la negativa con respecto a la incorporación de Albania a la Organización de las Naciones Unidas. (Wright, 1949)

Para Junio de 1946 la zona ya había sido totalmente cerrada al paso de Occidente y la Guerra Civil en Grecia había dado sus primeras muestras de peligro para Albania y particularmente para Yugoslavia. La crisis de junio de 1946 implicaba a albanos contrarios al régimen comunista así como a la inteligencia británica y a las fuerzas anticomunistas de Grecia. El 15 de Agosto del mismo año, la delegación yugoslava en las Naciones Unidas acusó a Grecia de sugerir la repartición de Albania entre ambos Estados, sugiriendo la anexión griega del sur de Albania, mismo que en 1945 había sido el lugar predilecto, según la inteligencia albana, de varios grupos guerrilleros anticomunistas, tanto de Grecia como de Albania, que buscaban derrocar al régimen de Hoxha con apoyo británico. Aunado a esto, en Septiembre, Grecia pidió ayuda a los Estados Unidos para fijar las fronteras con Albania, argumentando que la zona sur de aquél país pertenecía originalmente a los griegos, más aún las compensaciones que Albania debería recibir por efectos de la Segunda Guerra Mundial y la ocupación extranjera, coordinadas por los comisionados de Reino Unido, establecían que el país debía sólo de incautar las propiedades italianas y alemanas que existiesen en el territorio y no pedir otro tipo de compensaciones ante las Naciones Unidas. Obviamente la delegación albana dio una negativa a dicha medida y se pronunció en contra de cualquier resolución británica con respecto a ellos, poco tiempo después la disputa se resolvió de la mano de Francia y Rusia, acrecentando la crisis diplomática entre Albania y Occidente, particularmente con Reino Unido y los Estados Unidos. (Pearson, 2006) Finalmente el Tratado de Amistad de 1946 entre Albania y Yugoslavia terminó por disipar cualquier duda que Occidente pudiese haber tenido con respecto a la alineación de albana con el bloque comunista de Tito, dicho tratado no sólo establecía la cooperación económica para el desarrollo sino que también dejaba claro que Yugoslavia establecería relaciones militares para la defensa de los Balcanes con Albania. (Hodos, 1987)


Diles que yo no fui. El Incidente del estrecho de Corfú. (1946)

II.I.- I Mirëpritur/Welcome.

La tarde del 22 de Octubre de 1946 después de haber hecho escala en el puerto de Corfú, en la isla griega del mismo nombre, una flota británica conformada por los cruceros Mauritius, Leander y los destructores Saumarez y Volage tomó camino hacia el mar Adriático al norte de la isla para, según información posterior al caso, dirigirse nuevamente hacia el sur para atracar en la Bahía de Argostoli.

Como es mencionado tanto en el reporte de la Corte Internacional de Justicia así como en el libro de Owen Pearson de estudios albanos, la flota británica liderada por el crucero Leander partió del puerto de Corfú con la orden de mantener alerta y estar listos para abrir fuego al pasar por el Estrecho de Corfú, dichas ordenes respondían no sólo a anteriores eventos que involucraban el fuego de las fuerzas de Albania en contra de navíos británicos en Mayo de 1946, sino que eran, de acuerdo a posteriores análisis concienzudos, una provocación adrede de Reino Unido para ver qué tan lejos podrían llegar las fuerzas de Albania ante la agresión, cabe señalar que durante el paso que ejercieron los buques británicos las armas fueron dispuestas de proa a popa y sin munición como es la costumbre internacional en tiempos de paz.

El tránsito de los navíos seguía la ruta internacional dispuesta en el Estrecho de Corfú, misma que servía ya desde tiempo antes del incidente, como un corredor comercial entre el Mar Jónico y el Mar Adríatico. El paso internacional necesariamente pasa por aguas territoriales tanto griegas como albana. Hay que recordar que en Octubre de 1944 y posteriormente en Febrero de 1945, la flota británica había inspeccionado y limpiado el Estrecho de cualquier mina que pudiese significar un riesgo para la navegación, esto obviamente antes de que las relaciones de Albania con Occidente se deteriorasen al punto de cuidar celosamente las fronteras y controlar de manera obsesiva el paso de navíos extranjeros. (Wright, 1949)

Pasadas las 15 horas del 22 de Octubre de 1946, al momento en que la flota pasaba muy cerca de la Costa de Zaranda en Albania, para ser exactos a milla y media de la costa albana, el destructor Saumarez se posó sobre una mina y resultó gravemente dañado, el destructor Volage con órdenes de auxiliar al dañado destructor también se posó sobre una mina alrededor de las 16 horas. Esto de acuerdo a telegramas mandados entre la flota y el almirante Sir Algernon Willis. Debido al incidente, según cifras oficiales corroboradas por el Reino Unido, 44 hombres perdieron la vida, ya sea en el momento o en cuidados médicos, y otros 42 resultaron gravemente heridos. Los datos del reporte de la Corte Internacional de Justicia sólo mencionan la poca o nula respuesta que el Gobierno de Albania tuvo con respecto a la situación. Pearson por su lado menciona que la única respuesta vista de parte de Albania fue la de una patrulla de mar que se acercó a la flota para exigir una respuesta acerca de qué se encontraban haciendo en aguas territoriales de Albania, nunca brindando ayuda con respecto a los siniestros en ambos destructores británicos. Por su parte, después del incidente el mismo 22 de Octubre, varios aviones militares británicos sobrevolaron el espacio aéreo de Albania sin autorización de esta sobre las ciudades de Muzina y Radat, aparte de esto, dos aeroplanos, igual británicos, sobrevolaron el puerto de Zaranda a una baja altitud. (Pearson, 2006)

Por fortuna, ambos destructores lograron regresar sin mayor problema técnico al puerto de Corfú, donde inmediatamente se establecieron objeciones en contra de Albania debido a su presunta culpabilidad en el siniestro.

II.II.- No en mi casa.

Tras los hechos del 22 de Octubre, en medio de una serie de declaraciones entre Albania y Reino Unido acerca de violación de la soberanía, una errónea interpretación del paso inocente, violaciones al derecho internacional y del mar con respecto a la responsabilidad de los Estados de advertir acerca de peligros dentro de su territorio con el fin de no vulnerar los derechos humanos ni de la Carta de las Naciones Unidas (International Court of Justice, 1949) una misión británica naval acudió nuevamente al Estrecho, tres semanas después, con el fin de limpiar y recolectar las minas que habían provocado el desastre. La especulación acerca de las minas marinas rondaba las incógnitas con respecto al tipo de minas que eran y la edad que el campo minado poseía en el Estrecho. La operación naval fue avisada al Gobierno de Albania, sin embargo la declaración no era para pedir permiso de pasar nuevamente por las aguas territoriales de Albania sino que simplemente avisaban acerca de la próxima operación. (Pearson, 2006) La decisión unilateral de Reino Unido generó una mayor tensión en las ya desgastadas relaciones entre ambas naciones.

Los resultados de las investigaciones británicas acerca del tipo y procedencia de las minas del Estrecho apuntaban a que el modelo era GY Alemán y que debido a que en 1945 la flota había recorrido el estrecho sin encontrar minas, el campo de minas había sido dispuesto recientemente por o con ayuda de Albania, originando una violación al derecho internacional. (International Court of Justice, 1949) La respuesta de Enver Hoxha fue de que la violación a la soberanía por fuerzas extranjeras se había vuelto frecuente desde la liberación de su país, que no sólo los movimientos financiados por el régimen británico en el norte de Grecia para desestabilizar Albania sino también las frecuentes provocaciones de las flotillas marinas británicas en el Estrecho de Corfú constituían una clara violación al derecho internacional. La delegación británica contestó con la declaración de que el Estrecho había sido usado ya desde hacía muchos años como un paso internacional no sólo de buques mercantes sino también militares bajo la figura del paso inocente, la incógnita acerca de su responsabilidad en el financiamiento de movimientos desestabilizadores no fue contestada oficialmente. El 31 de Octubre de 1946, la delegación albana contestó declarando que Albania no se buscaba impedir el paso de naves extranjeras para la búsqueda de minas en el Estrecho, sino que consideraba una falta de respeto del Reino Unido el hacerlo en aguas territoriales de Albania sin su autorización. Esto de cierta manera contradiciéndose, pues el canal internacional necesariamente pasa por aguas territoriales de Albania. (Pearson, 2006)


Dimes y diretes. Incidentes del 12 y 13 de Noviembre y el camino a la CIJ.

III.I.- Haciendo amigos.

El 10 de Noviembre de 1946 la Flota Real Británica mandó un comunicado al Estado albano avisando de que el 12 y 13 del mismo mes entrarían una flota de barcos para nuevamente limpiar el canal internacional de minas y recolectar evidencias para las futuras investigaciones. La respuesta de Albania, lejos de generar más tensión ofreció ayuda a la investigación del tema en la víspera de la operación. Este hecho lejos de disipar las dudas con respecto al campo de minas en el Estrecho de Corfú genero una mayor sospecha por parte de Reino Unido (Pearson, 2006), ¿Por qué mandar una respuesta tan próxima a la operación ya en curso? ¿Se buscaría demorar las operaciones con el fin de evitar asumir la culpa?

Las fuerzas británicas no tomaron ni dieron respuesta a Albania y prosiguieron la operación según lo marcado, se recabaron 22 minas en el estrecho, de las cuales dos fueron enviadas a Malta para ser investigadas por expertos militares. Los resultados dieron seguridad a las acusaciones de Reino Unido, la existencia de grasa en las minas y la nula existencia de algas en las minas probaban concretamente que este campo minado había sido dispuesto no con anterioridad a las excursiones británicas de 1944 y de 1945, sino que era reciente y, con la característica de la obsesiva vigilancia que las fuerzas de Albania tenían en el estrecho, no habrían podido ser colocadas sin la complicidad o conocimiento de Albania. (International Court of Justice, 1949)

Ante tales resultados Enver Hoxha respondió que si bien el campo había sido recientemente colocado, este no poseía relación alguna con las minas que provocaron las explosiones el 22 de Octubre. Del lado británico las declaraciones consistían en que se exigía a Albania dar una disculpa pública ante los sucesos, pagar totalmente la reparación de los navíos dañados el 22 de Octubre de 1946 y la compensación monetaria total a los familiares de los 44 hombres que perecieron en el siniestro. La respuesta no sólo era una declaración sino que consistía en un ultimátum, con 14 días para responder favorablemente a las exigencias, o de lo contrario se enviaría el caso directamente al Consejo de Seguridad para tomar medidas con respecto a las serias violaciones al derecho humanitario, internacional y marítimo. Para el primero de Diciembre de 1947, Reino Unido ya había mandado la queja al Consejo de Seguridad y por su parte Albania había hecho lo mismo en contra de Reino Unido, con respecto a la violación de su soberanía. (Pearson, 2006)

Durante los siguientes años las recomendaciones del Consejo de Seguridad de la ONU estarían encaminadas a la resolución pacífica del conflicto. Es importante señalar que durante las primeras audiencias en la ONU, no en la Corte Internacional de Justicia, el representante del Estado Albano tuvo dificultades para llegar a las audiencias durante un largo tiempo posponiendo los eventos varias veces. Esto si bien hizo notar el malestar y disgusto no sólo de la delegación de Reino Unido sino también de otros países occidentales como Australia, también mostraron el apoyo del bloque del Este, pues países como Polonia y particularmente la Unión Soviética, se mostraron en todo momento empáticos con las dificultades de la delegación albana para acudir a tiempo, aún más se notó el apoyo del Bloque del Este cuando estos mismos países argumentaron que las acusaciones británicas carecían de sustento y que por lo tanto debía dejarse el tema atrás, no sin antes revisar las posibles violaciones a la soberanía de Albania por parte de Reino Unido. Ante las constantes reuniones insatisfactorias para Reino Unido debido a la polarización entre las delegaciones, el 13 de Mayo de 1947, los británicos decidieron llevar el caso a la Haya. (Pearson, 2006) Finalmente el 9 de Abril de 1949 se emitiría el fallo de la Corte Internacional de Justicia con respecto al incidente de Corfú.

III.II.- Corfú en la Haya.

A pesar de las negativas de Albania con respecto a llevar el caso a la Corte Internacional de Justicia debido a que fue una decisión unilateral y no coordinada entre ambos países, el caso terminó siendo tomado por la Corte y finalmente se tomaría toda la evidencia pasada de las investigaciones de Reino Unido y las respuestas y declaraciones de Albania para poder resolver el caso con respecto a la responsabilidad del siniestro del 22 de Octubre.

Las investigaciones mostraban no sólo lo reciente que eran las minas dispuestas en el estrecho y particularmente en el paso internacional, sino que también revelaban la inconsistencia de los argumentos de Albania con respecto a que el campo de minas no había sido instalado antes del 22 de Octubre o que desconocían la existencia de este. Estudios llevados a cabo por la propia Corte Internacional revelaron que era imposible que las minas hubieran sido puestas en el Estrecho de Corfú sin que las fuerzas de Albania lo hubiesen notado, la proximidad con la costa de Albania, el puerto de Samara, el Cabo Kiephali y el Monasterio de San Jorge, todas estas ubicaciones en la misma costa, necesariamente implicaba que desde cualquier punto, incluso en la noche, pudiese ser visto por el ojo humano la presencia de cualquier barco con las dimensiones necesarias para sembrar las minas. Igualmente el sonido que los barcos de esta envergadura producen era fácilmente escuchado desde los puntos de observación de Albania y por lo tanto quedaba descartado que Albania hubiera también sido sorprendido el 22 de Octubre con las explosiones en el estrecho. La mina más cercana a la costa de Albania se encontraba a tan sólo 500 metros de esta. (International Court of Justice, 1949)

A pesar de que durante el caso no existió evidencia concreta y suficientemente verídica como para ser tomada por la Corte como prueba acerca del responsable del tendido de las minas en la parte albana del estrecho, las propias declaraciones de los representantes de Albania ante la Corte exhibían el conocimiento previo de las minas, imputando al final responsabilidad sobre Albania.

III.III.- Derecho a violar la ley.

Si bien el fallo de la Corte mostró a una Albania responsable del siniestro del Estrecho de Corfú, lo más interesante de este caso no es como actuaron las partes implicadas en el juicio, ni siquiera la aplicación sustentada del Derecho Internacional para encontrar responsables. Ambas partes, tanto Reino Unido como Albania hicieron cosas que claramente violaban el Derecho Internacional y a pesar de esto, ambos siempre tuvieron como conclusión que dichos hechos no constituían una violación.

Teniendo esto en cuenta, de acuerdo a la Convención del Derecho del Mar de 1982 celebrada en la Bahía Montego en Jamaica, ¿Estaba Albania violando el Derecho Internacional debido a su posición arbitraria en el paso del Estrecho de Corfú?

Según el artículo 18 de la Convención del Derecho del Mar, el paso inocente se entiende como el paso de un navío por el mar territorial de un Estado Ribereño sin hacer escala en radas o puertos en las aguas interiores del Estado Ribereño. De manera rápida e ininterrumpida excepto en situaciones que ameriten algún otro movimiento del navío. Dicho esto, el artículo 19 de la misma Convención, detalla que el paso inocente es únicamente aplicable al Derecho Internacional y no se ve como una amenaza a la soberanía del Estado Ribereño cuando los navíos extranjeros usuarios de dicho término legal realizan actividades de uso de la fuerza, propaganda, espionaje, lanzamientos o recepciones de aeronaves o dispositivos militares, pesca, cambio de divisas o actividades fiscales, tráfico de personas, sabotaje a la infraestructura marítima del Estado Ribereño o actividades de hidrografía. Dichos artículos de la Convención detallan la figura del paso inocente y señalan las implicaciones a las que deben someterse los navíos extranjeros al pasar por aguas territoriales. De lado de las obligaciones de los Estados Ribereños con respecto a los navíos extranjeros que ocupen un corredor internacional dentro de sus aguas territoriales, el artículo 21 dice que los Estados Ribereños podrán controlar el tráfico marítimo que pasa por corredores establecidos a la vez que deberán evitar que los navíos extranjeros realicen las actividades señaladas en el artículo 19. Por su parte el artículo 21 de la misma convención expresa las obligaciones que tiene el Estado Ribereño con respecto a la seguridad y libre tránsito de los navíos extranjeros, detalla que si bien el mismo Estado podrá exigir en cualquier momento a los navíos que pasen por sus aguas territoriales concentrarse en pasar únicamente por una vía elegida por el Estado, este deberá hacer caso a la costumbre internacional en lo relativo a pasos internacionales ya establecidos. El artículo 24 establece que el Estado Ribereño deberá avisar a cualquier buque extranjero que pase por sus aguas territoriales la existencia de peligros para la navegación con el fin de asegurar el paso seguro de dichas embarcaciones.

Algo importante que hay que señalar después de leer dichos artículos es que en ninguno se establece la posibilidad de que el Estado Ribereño cierre el paso inocente o que llegue a pedir autorización para dar el paso a las embarcaciones.

Una vez dicho esto podemos proceder a analizar si Albania cometió una violación al Derecho Internacional más durante la crisis de 1946.

Tenemos claro que Albania, después del siniestro del 22 de Octubre, mencionó que hubiese podido actuar para advertir de la existencia de peligros para la navegación en sus aguas territoriales si la Flota Británica hubiese pedido autorización antes de su ingreso al Estrecho de Corfú albano. (International Court of Justice, 1949) Dicha aseveración ante la Corte Internacional de Justicia corresponde en sí misma a una exhibición sin tapujos de una violación al Derecho Internacional, claramente desde la perspectiva actual que se tiene a partir de la Convención de la Bahía Montego de 1982, casi tres décadas después del incidente. Según la Sección 3 de la Convención, en ningún momento se podrá negar o dar autorización para pasar, a las embarcaciones que requieran pasar por el canal.

A su vez, las actitudes arbitrarias discriminatorias según las nacionalidades, o en este contexto, los bloques a los que pertenecen dichas embarcaciones, que Albania ejerció permitiendo el libre tránsito de las embarcaciones Yugoslavas Mljet y Mljine, sin exigir ninguna autorización como fue lo propio con las británcias. (Pearson, 2006)
En conclusión con respecto a si Albania estaba violando el Derecho Internacional públicamente e incluso defendiendo su derecho de hacerlo, efectivamente el Estado cometió una violación internacional que va en contra de la Carta de las Naciones Unidas y el Derecho del Mar.

Ahora, pasando a otra incógnita que la Corte de Justicia desechó y minimizó, fue la de si el Reino Unido cometió una violación a la soberanía de Albania el mismo 22 de Octubre, no en razón de los navíos británicos que ya hemos explicado estaban ejerciendo su derecho al paso inocente, sino de acuerdo a que, según las investigaciones posteriores, las aeronaves que entraron al espacio aéreo albano constituyeron no sólo una amenaza sino una violación al Derecho Internacional.

Como se dijo anteriormente, el mismo día 22 de Octubre de 1946, poco tiempo después de que las explosiones de las minas dañaran a los destructores Saumarez y Volage, varias aeronaves británicas sobrevolaron el espacio aéreo albano, dos de ellas a una altitud baja y muy cerca del Puerto de Zaranda. Esto claramente va en contra del Derecho Internacional de acuerdo al Estatuto de Chicago de 1944, vigente ya en aquél siniestro, donde se establece que la entrada de aeronaves militares extranjeras a espacio aéreo soberano de un Estado es una clara amenaza hacia dicho estado y que dicha entrada debe tener una autorización anterior a su ingreso. De igual manera la Convención de la Bahía Montego habla acerca de la soberanía del Estado con respecto a su espacio aéreo que es el mismo que el de su espacio marítimo sólo que hacia el cielo.

Las fuerzas británicas y la delegación británica en la Corte Internacional jamás mencionaron nada con respecto a este incidente y por su parte la delegación albana, quien mencionó mucho el tema de la violación a la soberanía de su Estado, vio sus quejas minimizadas ante la Corte Internacional de Justicia debido a que esta se centró únicamente en el tema de los navíos en el Estrecho, pues esa era la función del caso.

Sin embargo es obvio encontrar a un Reino Unido de igual manera contrario al Derecho Internacional, pues a pesar de los estallidos en el Estrecho de Corfú, estos no significaban una declaración de guerra y por lo tanto el Derecho de Guerra, así como las excepciones que se pudieron haber dado a la incursión de estas aeronaves británicas en espacio aéreo albano, estaba completamente fuera de contexto suponiendo una clara violación a la Carta de las Naciones Unidas con respecto a la soberanía de cada Estado miembro.

En conclusión con esto podemos ver que ambos Estados cometieron flagrantemente violaciones al Derecho Internacional, aunque cada uno asumió su culpabilidad como un derecho propio y justificado ante las amenazas externas o situaciones excepcionales, como fue lo dicho por Reino Unido en la Corte Internacional de Justicia al ser cuestionado acerca de las órdenes que tenía la flotilla de tener una actitud defensiva listos para abrir fuego contra Albania, diciendo que la situación en el Estrecho de acuerdo a experiencias pasadas en menos de un año habían sido suficientes razones para estar listos para cualquier contingencia. (International Court of Justice, 1949)

Pobre Albania, tan lejos de Dios y tan cerca de las Superpotencias.

Esta última parte, lejos de tratar temas del Derecho Internacional o de investigar una serie de sucesos que pueden servir de ayuda para entender una crisis internacional es para la reflexión objetiva de los hechos del Estrecho de Corfú y particularmente del fallo de la Corte Internacional de Justicia.

Como se dijo antes en esta investigación, el fallo de la Corte fue el de apuntar a Albania como un claro responsable de los hechos del 22 de Octubre, sin objeción alguna este punto siguió cabalmente el Derecho Internacional, sin embargo, en lo correspondiente a la objeción albana con respecto a la violación de la soberanía por parte de Reino Unido es claro que la Corte, según mi propio punto de vista, se hizo de la vista gorda en su decisión final, ignorando o minimizando los hechos, como los de las aeronaves británicas, y adoptando las explicaciones defensivas de Reino Unido con respecto a la actitud amenazante que poseían ambas flotillas, tanto las del 22 de Octubre como las del 12 y 13 de Noviembre con respecto a Albania.

No debemos olvidar que los sucesos sucedieron en plena Guerra Fría y que, si no quedó obvio según lo dicho con respecto al apoyo que mostró el Bloque del Este a Albania en las primeras audiencias aún en la ONU, el mundo se encontraba dividido entre el Bloque Occidental liderado por los Estados Unidos y el Reino Unido y el Bloque Oriental liderado por la Unión Soviética. Es un hecho de que en esta etapa de la historia de la humanidad los mecanismos de solución de conflictos y hermandad internacional dispuestos al final de la Segunda Guerra Mundial varias veces respondieron más favorablemente ante las injerencias de los países occidentales que ante las de los orientales y más aún, mostraban una clara inclinación ante el modelo sociopolítico de aquellos países que se alineaban a Occidente.

Ante dichas características de la historia, probadas y documentadas sin espacio para la procrastinación, me veo en la necesidad de decir que la Corte Internacional de Justicia actuó en todo momento a favor del Reino Unido y no esperó en ningún momento darle la razón a Albania debido a su alineación con el socialismo, Yugoslavia y la propia Unión Soviética.

Hubiese sido interesante ver qué pasaría si la ONU y sus aparatos legales hubieran sido liderados no por una mayoría occidental sino por una mayoría del Bloque del Este, quizás, sólo quizás, hubiésemos visto una disputa en el Estrecho de Corfú donde fuese Albania la que ganara una indemnización y una disculpa pública ante la comunidad internacional debido a las amenazas de la soberanía e injerencia externa que su nación había pasado desde la Segunda Guerra Mundial.

Bibliografía

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Hodos, G. H. (1987). Show Trials: Stalinist Purges in Eastern Europe, 1948-1954. New York: Library of Congress.
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