Índice:
I.- Albania. Nazis,
rojos y cerdos capitalistas. (1939-1945).
II.- Diles que yo no
fui. El Incidente del estrecho de Corfú. (1946).
III.- Dimes y
diretes. Incidentes del 12 y 13 de Noviembre y la CIJ.
IV.- Pobre Albania,
tan lejos de Dios y tan cerca de las Superpotencias.
Albania. Nazis, rojos
y cerdos capitalistas. (1939-1945)
I.I- Los dos reyes y
las dos guerrillas.
El 25 de Marzo de 1939, aún con una gran oposición de parte del rey Vittorio
Emanuele III, el Primer Ministro italiano Benito Mussolini envió un ultimátum
al rey Zog I de Albania con respecto a permitir la ocupación del Estado
balcánico por tropas italianas y facilitar la colonización y administración de
Albania bajo el mandato del reino de Italia. La respuesta como era de esperarse
fue negativa y con ello se dio pie a que el 7 de Abril del mismo año, las
tropas italianas entraran por la fuerza a Albania y tomaran el control del
Estado, las fuerzas albanesas, obviamente más débiles y con menos experiencia y
tecnología, fueron rápidamente rebasadas por las italianas. No pasó mucho
tiempo antes de que el Parlamento italiano votara a favor de la anexión de
Albania al reino italiano y a convertir al rey Vittorio Emanuele III en también
monarca del Reino balcánico. No sólo se logró anexar a Albania al Estado
Italiano sino que se logró absorber el propio sistema para imponer un nuevo
tipo de gobierno fascista controlado desde Roma, aunado a esto la nueva Albania
italiana sirvió en 1940 como la base principal para la operación militar
italiana hacia Grecia, convirtiéndose rápidamente en un punto geopolíticamente
importante no sólo al inicio de la guerra sino también al término de la misma. (Zickel & Iwaskiw, 1994)
En Albania, un país frecuentemente puesto bajo el yugo de una potencia
externa desde los tiempos del Imperio Otomano, la propia ocupación causó un
mayor aglutinamiento entre los nacionales del país de los Balcanes. A pesar de
que fue durante la presidencia y posterior reinado de Zog I de Albania que el
sentimiento nacionalista empezó a tomar una verdadera forma debido a las varias
reformas estructurales que permitieron la verdadera unión de Albania en un gran
Estado y no sólo en una gran nación llena de diferentes poblaciones, el
nacionalismo albanés pasó a tomar una mayor importancia y papel dentro de la
resistencia, aunado a esto, el esparcimiento de la ideología socialista y
comunista proveniente de Moscú, particularmente bajo la manera
Marxista-Leninista debido a la proximidad con el país transcontinental, provocó
el aglutinamiento no sólo de las clases bajas sino de la sociedad en general
debido al sentimiento de desprendimiento total de toda clase de dominación
externa. El ideario comunista tuvo un papel principal en la resistencia
nacionalista de Albania al igual que el liderazgo de Josip Broz Tito, líder del
Partido Comunista de Yugoslavia, en la creación de un frente único socialista
en Albania durante y después de la Segunda Guerra Mundial. La creación del
Movimiento Nacional de Liberación (MNL) fue la conclusión de este sentimiento
nacionalista, paradójicamente concretado con apoyo proveniente del extranjero. (Zickel &
Iwaskiw, 1994)
Después de poco más de tres años desde el ultimátum y posterior invasión
italiana a Albania, el MNL, el ala comunista de las guerrillas, en unión con el
grupo nacionalista de Balli Kombetar, lograron la retirada de las fuerzas
italianas del país en 1943, la breve victoria nacional antes de ser nuevamente
hostigados por fuerzas extranjeras, ahora las fuerzas de Adolf Hitler, fue
escenario de intercambios de inteligencia entre los Aliados, particularmente
británicos, con los líderes de ambas facciones guerrilleras. La información
daba conocimiento a los albaneses acerca de una próxima operación militar
aliada en los Balcanes que requería la coordinación total de ambos bandos de la
resistencia. Es importante mencionar que mientras el MNL, la mayor facción
guerrillera, contaba con el apoyo no sólo político sino militar de Yugoslavia y
particularmente de Josip Broz Tito, el grupo nacionalista Balli Kombetar,
integrado en su mayoría por las clases medias y altas del extinto Reino de
Albania, era mejor visto por los aliados debido a su distanciamiento con respecto
al comunismo y claro alineamiento con la ideología capitalista de occidente. (Zickel &
Iwaskiw, 1994)
I.II.- Mi casa no es
tu casa.
Si bien el Partido Comunista de Yugoslavia y en sí el propio Estado de
Yugoslavia apoyaba al MNL con armamento, inteligencia y hombres dispuestos a
participar en la guerra de guerrillas de Albania, el objetivo era diferente a
lograr cumplir el deseo comunista de esparcir la ideología y el modelo
alrededor del globo. El objetivo de la naciente potencia regional de los
Balcanes, Yugoslavia, no era concretamente lograr darle una libertad real a su
vecino, sino lograr atar por medio de condiciones y favores una serie de
compromisos después de la guerra, particularmente la anexión de Kosovo.
Kosovo, una región de los Balcanes con una importante población albanesa
desde el periodo entre guerras, había sido por varios años una región disputada
por los Estados adyacentes vecinos, y más allá de disputas entre Estados, la
disputa sobre Kosovo respondía más a problemas étnicos. La diferencia étnica
existente en los Balcanes, aún antes de la Segunda Guerra Mundial, ha sido un
problema persistente en las relaciones de la región. Si bien el problema de
Kosovo pasó a un segundo plano con la capitulación del MNL sobre la disputa por
el control de la zona debido a los favores y apoyo militar que Yugoslavia había
dado a lo largo de la guerra, el asunto étnico se vería exacerbado en la
postguerra convirtiendo a los Balcanes, nuevamente, en una zona crítica y de
constante conflicto. (Bideleux, 1998)
Zickel e Iwaskiw lo mencionan claramente, el alejamiento de Albania con
respecto a Kosovo, una región predominantemente albanesa, ocasionó que las
Guerrillas unidas del MNL, Balli Kombetar y una nueva facción del MNL, la
Legalidad, terminaran en un conflicto interno que perduró hasta Julio de 1944.
La victoria del conflicto claramente fue obtenida por el MNL, quien para el
final de la guerra no sólo era surtido militarmente por Yugoslavia sino que
también por las fuerzas británicas en los Balcanes que habían ya empezado la
operación militar de liberación de los Balcanes e Italia.
El interés de Yugoslavia acerca de Kosovo fue importante en el
transcurso de la guerra contra los alemanes, pero a su vez Kosovo fue sólo la
punta del iceberg de un conflicto étnico que llevaba varias décadas gestándose.
Los escuadrones de la muerte auspiciados por los nazis en Albania, como la
división Skandenberg de la SS para dar un ejemplo, cuyo propósito de limpieza
racial provocó purgas raciales en contra de las poblaciones serbias, montenegrinas
y macedonas, sólo dieron a conocer una realidad imperante en la región. Cada
grupo étnico de los Balcanes sentía una aversión latente por los otros, serbios
contra macedonios, macedonios contra montenegrinos, croatas contra albanos,
eslovenos contra serbios, etcétera. El problema no era endémico de Albania, sino
de los Balcanes en conjunto. Una imperante xenofobia en la región, causada
por siglos de constantes conflictos internos, sometimientos y dominaciones
externas y desestabilizaciones económicas a la vez que excluyentes estructuras
de clases sociales son causa clara de las políticas defensivas y ofensivas que
tomarían los países de los Balcanes durante la Guerra Fría, el miedo de ser
nuevamente sometidos sería la condicionante clave en el conflicto del Estrecho
de Corfú en 1946.
I.III.- No más cowboys.
La victoria del MNL y de la ideología Marxista-Leninista hacia el final
de la Segunda Guerra Mundial fueron el inicio del deterioro de las relaciones
entre Albania y Occidente, en Diciembre de 1945, ya una vez terminado el
conflicto mundial, el recién instaurado régimen comunista del MNL bajo el
liderazgo de Enver Hoxha. La guerrilla había sido institucionalizada y se había
conseguido formalizar concretamente al Partido del Trabajo de Albania, de
corriente comunista y coordinado desde la recién instaurada República
Federativa Socialista de Yugoslavia bajo el mando de Tito. (Vulcinich, 1969)
No paso mucho tiempo antes de que el Estado Albano, coordinado desde
Belgrado, se convirtiese en un Estado satélite de Yugoslavia. La adopción de
una constitución relativamente transcrita desde la propia de Tito, así como la
instauración de políticas de educación socialistas y de adoctrinamiento, la
orden del estudio del idioma serbo y las políticas económicas de
nacionalización de la industria y el campo albanés fueron muestra del nuevo
imperialismo de la postguerra, la creación de bloques sometidos a potencias
militares y políticas, que fueron característica principal durante la Guerra
Fría. (Bideleux, 1998)
En cuanto a política exterior, Josip Broz Tito coordinando a Enver Hoxha
en Albania, mandó a tomar medidas de aislamiento con respecto a Occidente,
particularmente impidiendo el paso de cualquier Estado ajeno al bloque
yugoslavo en los Balcanes. El aislamiento de Albania respondía a las
necesidades de Yugoslavia de impedir el esparcimiento de ideologías
occidentales en la región y asegurar la zona de control a lo largo y ancho de
los Balcanes. (Hodos, 1987)
La última misión occidental en la zona fue aquella del 14 de Octubre de 1944
cuando el Forty Commando RM de la
Flota Real Británica desembarcó en la Isla de Corfú, como parte de la limpieza
de minas en el Estrecho de Corfú, un paso marítimo clave para la navegación
marina debido a la conexión entre el Mar Jónico y el Mar Adriático. Posterior a
1945, una vez que el Estrecho había sido nuevamente revisado por la flota
británica en busca de minas, Albania implementó un patrullaje constante en su
parte del Estrecho, controlando celosamente el paso de navíos occidentales y
griegos. (Wright, 1949) Las misiones americanas y británicas
fueron impedidas de pasar por territorio albano, sólo bajo medidas excepcionales,
causando la retirada de las misiones diplomáticas de Reino Unido en Abril de
1945 y de Estados Unidos en Noviembre del mismo año, estos hechos fueron
instigados bajo las constantes acusaciones de que ambas potencias occidentales
estaban financiando movimientos anticomunistas en el sur de Albania y la
creciente injerencia occidental en Grecia debido a la Guerra Civil de dicho
país. La respuesta de ambos, tanto de Reino Unido como de Estados Unidos fue la
negativa con respecto a la incorporación de Albania a la Organización de las
Naciones Unidas. (Wright, 1949)
Para Junio de 1946 la zona ya había sido totalmente cerrada al paso de
Occidente y la Guerra Civil en Grecia había dado sus primeras muestras de
peligro para Albania y particularmente para Yugoslavia. La crisis de junio de
1946 implicaba a albanos contrarios al régimen comunista así como a la inteligencia
británica y a las fuerzas anticomunistas de Grecia. El 15 de Agosto del mismo
año, la delegación yugoslava en las Naciones Unidas acusó a Grecia de sugerir
la repartición de Albania entre ambos Estados, sugiriendo la anexión griega del
sur de Albania, mismo que en 1945 había sido el lugar predilecto, según la
inteligencia albana, de varios grupos guerrilleros anticomunistas, tanto de
Grecia como de Albania, que buscaban derrocar al régimen de Hoxha con apoyo
británico. Aunado a esto, en Septiembre, Grecia pidió ayuda a los Estados
Unidos para fijar las fronteras con Albania, argumentando que la zona sur de
aquél país pertenecía originalmente a los griegos, más aún las compensaciones
que Albania debería recibir por efectos de la Segunda Guerra Mundial y la
ocupación extranjera, coordinadas por los comisionados de Reino Unido,
establecían que el país debía sólo de incautar las propiedades italianas y
alemanas que existiesen en el territorio y no pedir otro tipo de compensaciones
ante las Naciones Unidas. Obviamente la delegación albana dio una negativa a
dicha medida y se pronunció en contra de cualquier resolución británica con
respecto a ellos, poco tiempo después la disputa se resolvió de la mano de
Francia y Rusia, acrecentando la crisis diplomática entre Albania y
Occidente, particularmente con Reino Unido y los Estados Unidos. (Pearson, 2006) Finalmente el
Tratado de Amistad de 1946 entre Albania y Yugoslavia terminó por disipar
cualquier duda que Occidente pudiese haber tenido con respecto a la alineación
de albana con el bloque comunista de Tito, dicho tratado no sólo establecía la
cooperación económica para el desarrollo sino que también dejaba claro que
Yugoslavia establecería relaciones militares para la defensa de los Balcanes
con Albania. (Hodos, 1987)
Diles que yo no fui.
El Incidente del estrecho de Corfú. (1946)
II.I.- I Mirëpritur/Welcome.
La tarde del 22 de Octubre de 1946 después de haber hecho escala en el
puerto de Corfú, en la isla griega del mismo nombre, una flota británica
conformada por los cruceros Mauritius,
Leander y los destructores Saumarez y
Volage tomó camino hacia el mar
Adriático al norte de la isla para, según información posterior al caso,
dirigirse nuevamente hacia el sur para atracar en la Bahía de Argostoli.
Como es mencionado tanto en el reporte de la Corte Internacional de
Justicia así como en el libro de Owen Pearson de estudios albanos, la flota
británica liderada por el crucero Leander
partió del puerto de Corfú con la orden de mantener alerta y estar listos
para abrir fuego al pasar por el Estrecho de Corfú, dichas ordenes respondían
no sólo a anteriores eventos que involucraban el fuego de las fuerzas de
Albania en contra de navíos británicos en Mayo de 1946, sino que eran, de
acuerdo a posteriores análisis concienzudos, una provocación adrede de Reino
Unido para ver qué tan lejos podrían llegar las fuerzas de Albania ante la
agresión, cabe señalar que durante el paso que ejercieron los buques
británicos las armas fueron dispuestas de proa a popa y sin munición como es la
costumbre internacional en tiempos de paz.
El tránsito de los navíos seguía la ruta internacional dispuesta en el
Estrecho de Corfú, misma que servía ya desde tiempo antes del incidente, como
un corredor comercial entre el Mar Jónico y el Mar Adríatico. El paso
internacional necesariamente pasa por aguas territoriales tanto griegas como
albana. Hay que recordar que en Octubre de 1944 y posteriormente en Febrero
de 1945, la flota británica había inspeccionado y limpiado el Estrecho de
cualquier mina que pudiese significar un riesgo para la navegación, esto
obviamente antes de que las relaciones de Albania con Occidente se deteriorasen
al punto de cuidar celosamente las fronteras y controlar de manera obsesiva el
paso de navíos extranjeros. (Wright, 1949)
Pasadas las 15 horas del 22 de Octubre de 1946, al momento en que la
flota pasaba muy cerca de la Costa de Zaranda en Albania, para ser exactos a
milla y media de la costa albana, el destructor Saumarez se posó sobre una mina y resultó gravemente dañado, el
destructor Volage con órdenes de
auxiliar al dañado destructor también se posó sobre una mina alrededor de las
16 horas. Esto de acuerdo a telegramas mandados entre la flota y el almirante
Sir Algernon Willis. Debido al incidente, según cifras oficiales corroboradas
por el Reino Unido, 44 hombres perdieron la vida, ya sea en el momento o en
cuidados médicos, y otros 42 resultaron gravemente heridos. Los datos del
reporte de la Corte Internacional de Justicia sólo mencionan la poca o nula
respuesta que el Gobierno de Albania tuvo con respecto a la situación. Pearson
por su lado menciona que la única respuesta vista de parte de Albania fue la
de una patrulla de mar que se acercó a la flota para exigir una respuesta
acerca de qué se encontraban haciendo en aguas territoriales de Albania,
nunca brindando ayuda con respecto a los siniestros en ambos destructores
británicos. Por su parte, después del incidente el mismo 22 de Octubre, varios
aviones militares británicos sobrevolaron el espacio aéreo de Albania sin
autorización de esta sobre las ciudades de Muzina y Radat, aparte de esto,
dos aeroplanos, igual británicos, sobrevolaron el puerto de Zaranda a una baja
altitud. (Pearson, 2006)
Por fortuna, ambos destructores lograron regresar sin mayor problema
técnico al puerto de Corfú, donde inmediatamente se establecieron objeciones en
contra de Albania debido a su presunta culpabilidad en el siniestro.
II.II.- No en mi
casa.
Tras los hechos del 22 de Octubre, en medio de una serie
de declaraciones entre Albania y Reino Unido acerca de violación de la
soberanía, una errónea interpretación del paso inocente, violaciones al derecho
internacional y del mar con respecto a la responsabilidad de los Estados de
advertir acerca de peligros dentro de su territorio con el fin de no vulnerar
los derechos humanos ni de la Carta de las Naciones Unidas (International Court of Justice, 1949) una misión británica
naval acudió nuevamente al Estrecho, tres semanas después, con el fin de
limpiar y recolectar las minas que habían provocado el desastre. La
especulación acerca de las minas marinas rondaba las incógnitas con respecto al
tipo de minas que eran y la edad que el campo minado poseía en el Estrecho. La
operación naval fue avisada al Gobierno de Albania, sin embargo la declaración
no era para pedir permiso de pasar nuevamente por las aguas territoriales de
Albania sino que simplemente avisaban acerca de la próxima operación. (Pearson, 2006) La decisión
unilateral de Reino Unido generó una mayor tensión en las ya desgastadas
relaciones entre ambas naciones.
Los resultados de las investigaciones británicas
acerca del tipo y procedencia de las minas del Estrecho apuntaban a que el
modelo era GY Alemán y que debido a que en 1945 la flota había recorrido el
estrecho sin encontrar minas, el campo de minas había sido dispuesto
recientemente por o con ayuda de Albania, originando una violación al derecho
internacional. (International Court of Justice, 1949) La respuesta de
Enver Hoxha fue de que la violación a la soberanía por fuerzas extranjeras se
había vuelto frecuente desde la liberación de su país, que no sólo los
movimientos financiados por el régimen británico en el norte de Grecia para
desestabilizar Albania sino también las frecuentes provocaciones de las
flotillas marinas británicas en el Estrecho de Corfú constituían una clara
violación al derecho internacional. La delegación británica contestó con la
declaración de que el Estrecho había sido usado ya desde hacía muchos años como
un paso internacional no sólo de buques mercantes sino también militares
bajo la figura del paso inocente, la incógnita acerca de su responsabilidad
en el financiamiento de movimientos desestabilizadores no fue contestada
oficialmente. El 31 de Octubre de 1946, la delegación albana contestó
declarando que Albania no se buscaba impedir el paso de naves extranjeras para
la búsqueda de minas en el Estrecho, sino que consideraba una falta de respeto
del Reino Unido el hacerlo en aguas territoriales de Albania sin su
autorización. Esto de cierta manera contradiciéndose, pues el canal
internacional necesariamente pasa por aguas territoriales de Albania. (Pearson, 2006)
Dimes y diretes. Incidentes del
12 y 13 de Noviembre y el camino a la CIJ.
III.I.- Haciendo amigos.
El 10 de Noviembre de 1946 la Flota Real Británica
mandó un comunicado al Estado albano avisando de que el 12 y 13 del mismo mes
entrarían una flota de barcos para nuevamente limpiar el canal internacional de
minas y recolectar evidencias para las futuras investigaciones. La respuesta de
Albania, lejos de generar más tensión ofreció ayuda a la investigación del tema
en la víspera de la operación. Este hecho lejos de disipar las dudas con
respecto al campo de minas en el Estrecho de Corfú genero una mayor sospecha
por parte de Reino Unido (Pearson, 2006) , ¿Por qué mandar una respuesta tan
próxima a la operación ya en curso? ¿Se buscaría demorar las operaciones con el
fin de evitar asumir la culpa?
Las fuerzas británicas no tomaron ni dieron respuesta
a Albania y prosiguieron la operación según lo marcado, se recabaron 22 minas
en el estrecho, de las cuales dos fueron enviadas a Malta para ser investigadas
por expertos militares. Los resultados dieron seguridad a las acusaciones de
Reino Unido, la existencia de grasa en las minas y la nula existencia de algas
en las minas probaban concretamente que este campo minado había sido dispuesto
no con anterioridad a las excursiones británicas de 1944 y de 1945, sino que
era reciente y, con la característica de la obsesiva vigilancia que las fuerzas
de Albania tenían en el estrecho, no habrían podido ser colocadas sin la
complicidad o conocimiento de Albania. (International Court of Justice, 1949)
Ante tales resultados Enver Hoxha respondió que si
bien el campo había sido recientemente colocado, este no poseía relación alguna
con las minas que provocaron las explosiones el 22 de Octubre. Del lado
británico las declaraciones consistían en que se exigía a Albania dar una
disculpa pública ante los sucesos, pagar totalmente la reparación de los navíos
dañados el 22 de Octubre de 1946 y la compensación monetaria total a los
familiares de los 44 hombres que perecieron en el siniestro. La respuesta no
sólo era una declaración sino que consistía en un ultimátum, con 14 días para
responder favorablemente a las exigencias, o de lo contrario se enviaría el
caso directamente al Consejo de Seguridad para tomar medidas con respecto a las
serias violaciones al derecho humanitario, internacional y marítimo. Para el
primero de Diciembre de 1947, Reino Unido ya había mandado la queja al Consejo
de Seguridad y por su parte Albania había hecho lo mismo en contra de Reino
Unido, con respecto a la violación de su soberanía. (Pearson, 2006)
Durante los siguientes años las recomendaciones del
Consejo de Seguridad de la ONU estarían encaminadas a la resolución pacífica
del conflicto. Es importante señalar que durante las primeras audiencias en la
ONU, no en la Corte Internacional de Justicia, el representante del Estado
Albano tuvo dificultades para llegar a las audiencias durante un largo tiempo
posponiendo los eventos varias veces. Esto si bien hizo notar el malestar y
disgusto no sólo de la delegación de Reino Unido sino también de otros países
occidentales como Australia, también mostraron el apoyo del bloque del Este,
pues países como Polonia y particularmente la Unión Soviética, se mostraron en
todo momento empáticos con las dificultades de la delegación albana para acudir
a tiempo, aún más se notó el apoyo del Bloque del Este cuando estos mismos
países argumentaron que las acusaciones británicas carecían de sustento y que
por lo tanto debía dejarse el tema atrás, no sin antes revisar las posibles
violaciones a la soberanía de Albania por parte de Reino Unido. Ante las
constantes reuniones insatisfactorias para Reino Unido debido a la polarización
entre las delegaciones, el 13 de Mayo de 1947, los británicos decidieron llevar
el caso a la Haya. (Pearson, 2006) Finalmente el 9 de Abril de 1949 se
emitiría el fallo de la Corte Internacional de Justicia con respecto al
incidente de Corfú.
III.II.- Corfú en la Haya.
A pesar de las negativas de Albania con respecto a
llevar el caso a la Corte Internacional de Justicia debido a que fue una
decisión unilateral y no coordinada entre ambos países, el caso terminó siendo
tomado por la Corte y finalmente se tomaría toda la evidencia pasada de las
investigaciones de Reino Unido y las respuestas y declaraciones de Albania para
poder resolver el caso con respecto a la responsabilidad del siniestro del 22
de Octubre.
Las investigaciones mostraban no sólo lo reciente que
eran las minas dispuestas en el estrecho y particularmente en el paso
internacional, sino que también revelaban la inconsistencia de los argumentos
de Albania con respecto a que el campo de minas no había sido instalado antes
del 22 de Octubre o que desconocían la existencia de este. Estudios llevados a
cabo por la propia Corte Internacional revelaron que era imposible que las
minas hubieran sido puestas en el Estrecho de Corfú sin que las fuerzas de
Albania lo hubiesen notado, la proximidad con la costa de Albania, el puerto de
Samara, el Cabo Kiephali y el Monasterio de San Jorge, todas estas ubicaciones
en la misma costa, necesariamente implicaba que desde cualquier punto, incluso
en la noche, pudiese ser visto por el ojo humano la presencia de cualquier
barco con las dimensiones necesarias para sembrar las minas. Igualmente el
sonido que los barcos de esta envergadura producen era fácilmente escuchado
desde los puntos de observación de Albania y por lo tanto quedaba descartado
que Albania hubiera también sido sorprendido el 22 de Octubre con las
explosiones en el estrecho. La mina más cercana a la costa de Albania se
encontraba a tan sólo 500 metros de esta. (International Court of Justice, 1949)
A pesar de que durante el caso no existió evidencia
concreta y suficientemente verídica como para ser tomada por la Corte como
prueba acerca del responsable del tendido de las minas en la parte albana del
estrecho, las propias declaraciones de los representantes de Albania ante la
Corte exhibían el conocimiento previo de las minas, imputando al final
responsabilidad sobre Albania.
III.III.-
Derecho a violar la ley.
Si bien el fallo de la Corte mostró a una Albania
responsable del siniestro del Estrecho de Corfú, lo más interesante de este
caso no es como actuaron las partes implicadas en el juicio, ni siquiera la
aplicación sustentada del Derecho Internacional para encontrar responsables.
Ambas partes, tanto Reino Unido como Albania hicieron cosas que claramente
violaban el Derecho Internacional y a pesar de esto, ambos siempre tuvieron
como conclusión que dichos hechos no constituían una violación.
Teniendo esto en cuenta, de acuerdo a la Convención
del Derecho del Mar de 1982 celebrada en la Bahía Montego en Jamaica, ¿Estaba
Albania violando el Derecho Internacional debido a su posición arbitraria en el
paso del Estrecho de Corfú?
Según el artículo 18 de la Convención del
Derecho del Mar, el paso inocente se entiende como el paso de un navío por
el mar territorial de un Estado Ribereño sin hacer escala en radas o
puertos en las aguas interiores del Estado Ribereño. De manera rápida e
ininterrumpida excepto en situaciones que ameriten algún otro movimiento
del navío. Dicho esto, el artículo 19 de la misma Convención, detalla
que el paso inocente es únicamente aplicable al Derecho Internacional y no
se ve como una amenaza a la soberanía del Estado Ribereño cuando los navíos
extranjeros usuarios de dicho término legal realizan actividades de uso de la
fuerza, propaganda, espionaje, lanzamientos o recepciones de aeronaves o
dispositivos militares, pesca, cambio de divisas o actividades fiscales,
tráfico de personas, sabotaje a la infraestructura marítima del Estado Ribereño
o actividades de hidrografía. Dichos artículos de la Convención detallan la
figura del paso inocente y señalan las implicaciones a las que deben someterse
los navíos extranjeros al pasar por aguas territoriales. De lado de las obligaciones
de los Estados Ribereños con respecto a los navíos extranjeros que ocupen un
corredor internacional dentro de sus aguas territoriales, el artículo 21
dice que los Estados Ribereños podrán controlar el tráfico marítimo que pasa
por corredores establecidos a la vez que deberán evitar que los navíos
extranjeros realicen las actividades señaladas en el artículo 19. Por su
parte el artículo 21 de la misma convención expresa las obligaciones que
tiene el Estado Ribereño con respecto a la seguridad y libre tránsito de los
navíos extranjeros, detalla que si bien el mismo Estado podrá exigir en
cualquier momento a los navíos que pasen por sus aguas territoriales
concentrarse en pasar únicamente por una vía elegida por el Estado, este deberá
hacer caso a la costumbre internacional en lo relativo a pasos internacionales
ya establecidos. El artículo 24 establece que el Estado Ribereño deberá
avisar a cualquier buque extranjero que pase por sus aguas territoriales la
existencia de peligros para la navegación con el fin de asegurar el paso seguro
de dichas embarcaciones.
Algo importante que hay que señalar después de leer
dichos artículos es que en ninguno se establece la posibilidad de que el Estado
Ribereño cierre el paso inocente o que llegue a pedir autorización para dar el
paso a las embarcaciones.
Una vez dicho esto podemos proceder a analizar si
Albania cometió una violación al Derecho Internacional más durante la crisis de
1946.
Tenemos claro que Albania, después del siniestro del
22 de Octubre, mencionó que hubiese podido actuar para advertir de la
existencia de peligros para la navegación en sus aguas territoriales si la
Flota Británica hubiese pedido autorización antes de su ingreso al Estrecho de
Corfú albano. (International Court of Justice, 1949) Dicha aseveración
ante la Corte Internacional de Justicia corresponde en sí misma a una
exhibición sin tapujos de una violación al Derecho Internacional, claramente
desde la perspectiva actual que se tiene a partir de la Convención de la Bahía
Montego de 1982, casi tres décadas después del incidente. Según la Sección 3
de la Convención, en ningún momento se podrá negar o dar autorización para
pasar, a las embarcaciones que requieran pasar por el canal.
A su vez, las actitudes arbitrarias
discriminatorias según las nacionalidades, o en este contexto, los bloques
a los que pertenecen dichas embarcaciones, que Albania ejerció permitiendo
el libre tránsito de las embarcaciones Yugoslavas Mljet y Mljine, sin
exigir ninguna autorización como fue lo propio con las británcias. (Pearson, 2006)
En conclusión con respecto a si Albania estaba
violando el Derecho Internacional públicamente e incluso defendiendo su derecho
de hacerlo, efectivamente el Estado cometió una violación internacional que va
en contra de la Carta de las Naciones Unidas y el Derecho del Mar.
Ahora, pasando a otra incógnita que la Corte de
Justicia desechó y minimizó, fue la de si el Reino Unido cometió una
violación a la soberanía de Albania el mismo 22 de Octubre, no en razón de
los navíos británicos que ya hemos explicado estaban ejerciendo su derecho al
paso inocente, sino de acuerdo a que, según las investigaciones posteriores, las
aeronaves que entraron al espacio aéreo albano constituyeron no sólo una
amenaza sino una violación al Derecho Internacional.
Como se dijo anteriormente, el mismo día 22 de Octubre
de 1946, poco tiempo después de que las explosiones de las minas dañaran a los
destructores Saumarez y Volage, varias aeronaves británicas
sobrevolaron el espacio aéreo albano, dos de ellas a una altitud baja y muy
cerca del Puerto de Zaranda. Esto claramente va en contra del Derecho
Internacional de acuerdo al Estatuto de Chicago de 1944, vigente ya en aquél
siniestro, donde se establece que la entrada de aeronaves militares extranjeras
a espacio aéreo soberano de un Estado es una clara amenaza hacia dicho estado y
que dicha entrada debe tener una autorización anterior a su ingreso. De
igual manera la Convención de la Bahía Montego habla acerca de la soberanía del
Estado con respecto a su espacio aéreo que es el mismo que el de su espacio
marítimo sólo que hacia el cielo.
Las fuerzas británicas y la delegación británica en la
Corte Internacional jamás mencionaron nada con respecto a este incidente y por
su parte la delegación albana, quien mencionó mucho el tema de la violación a
la soberanía de su Estado, vio sus quejas minimizadas ante la Corte
Internacional de Justicia debido a que esta se centró únicamente en el tema de
los navíos en el Estrecho, pues esa era la función del caso.
Sin embargo es obvio encontrar a un Reino Unido de
igual manera contrario al Derecho Internacional, pues a pesar de los estallidos
en el Estrecho de Corfú, estos no significaban una declaración de guerra y por
lo tanto el Derecho de Guerra, así como las excepciones que se pudieron haber
dado a la incursión de estas aeronaves británicas en espacio aéreo albano,
estaba completamente fuera de contexto suponiendo una clara violación a la
Carta de las Naciones Unidas con respecto a la soberanía de cada Estado
miembro.
En conclusión con esto podemos ver que ambos Estados
cometieron flagrantemente violaciones al Derecho Internacional, aunque cada uno
asumió su culpabilidad como un derecho propio y justificado ante las amenazas
externas o situaciones excepcionales, como fue lo dicho por Reino Unido en la
Corte Internacional de Justicia al ser cuestionado acerca de las órdenes que
tenía la flotilla de tener una actitud defensiva listos para abrir fuego contra
Albania, diciendo que la situación en el Estrecho de acuerdo a experiencias
pasadas en menos de un año habían sido suficientes razones para estar listos
para cualquier contingencia. (International Court of Justice, 1949)
Pobre
Albania, tan lejos de Dios y tan cerca de las Superpotencias.
Esta última parte, lejos de tratar temas del Derecho
Internacional o de investigar una serie de sucesos que pueden servir de ayuda
para entender una crisis internacional es para la reflexión objetiva de los
hechos del Estrecho de Corfú y particularmente del fallo de la Corte
Internacional de Justicia.

No debemos olvidar que los sucesos sucedieron en plena
Guerra Fría y que, si no quedó obvio según lo dicho con respecto al apoyo que
mostró el Bloque del Este a Albania en las primeras audiencias aún en la ONU,
el mundo se encontraba dividido entre el Bloque Occidental liderado por los
Estados Unidos y el Reino Unido y el Bloque Oriental liderado por la Unión
Soviética. Es un hecho de que en esta etapa de la historia de la humanidad los
mecanismos de solución de conflictos y hermandad internacional dispuestos al
final de la Segunda Guerra Mundial varias veces respondieron más favorablemente
ante las injerencias de los países occidentales que ante las de los orientales
y más aún, mostraban una clara inclinación ante el modelo sociopolítico de
aquellos países que se alineaban a Occidente.
Ante dichas características de la historia, probadas y
documentadas sin espacio para la procrastinación, me veo en la necesidad de
decir que la Corte Internacional de Justicia actuó en todo momento a favor del
Reino Unido y no esperó en ningún momento darle la razón a Albania debido a su
alineación con el socialismo, Yugoslavia y la propia Unión Soviética.
Hubiese sido interesante ver qué pasaría si la ONU y
sus aparatos legales hubieran sido liderados no por una mayoría occidental sino
por una mayoría del Bloque del Este, quizás, sólo quizás, hubiésemos visto una
disputa en el Estrecho de Corfú donde fuese Albania la que ganara una indemnización
y una disculpa pública ante la comunidad internacional debido a las amenazas de
la soberanía e injerencia externa que su nación había pasado desde la Segunda
Guerra Mundial.
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